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BONO DEL ESTADO

El Tesoro Público califica como Bonos del Estado a aquellos activos de renta fija que emite el estado mediante subasta para financiar y emitir deuda. El periodo de vencimiento de los Bonos del Estado va desde los tres hasta los cinco años. Su valor nominal es del 1.000 euros y se emiten, por lo general, a un tipo de interés fijo que se va abonando a los inversores en forma de cupón periódico (en general, cada año). La única diferencia entre los bonos y obligaciones del Estado radica en su periodo de duración, los bonos como antes se ha señalado comprenden desde los 3 a los cinco años, mientras que las obligaciones son a periodos más largos, de 10, 15, 20, o 30 años.

Los Bonos del Estado se pueden comprar en subastas dentro del plazo estipulado a través de un intermediario financiero, mediante una cuenta directa en el Banco de España o a través de la propia página web del Tesoro Público. Un inversor que quiera desprenderse de los bonos adquiridos antes de que estos venzan lo puede hacer en el mercado secundario de deuda en la mediante un bróker o en Bolsa donde fluctúan el precio y la Tasa Interna de Rentabilidad (TIR) del bono. En cuanto a fiscalidad, el importe de los intereses percibidos como cupón o el rendimiento neto obtenido mediante la venta o amortización si se vende el bono antes de de que acabe su plazo tributan al 20% hasta los 6.000 euros, entre 6.000 y 50.000 tributan al 22% y por encima del 50.000 al 24%.

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