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IMPAGADO

Se denomina como impagado o impago a la situación que se provoca cuando un deudor no salda una deuda dentro del plazo contraído para pagarla. Para acreditar que se ha producido un impago, es necesario que el acreedor presente documentación que demuestra que este prestó el dinero al deudor y que este no ha respondido dentro de las condiciones pactadas en la devolución del préstamo. Una vez queda acreditado que se ha producido el impago, el deudor queda legalmente registrado como moroso recibiendo la correspondiente sanción legal y económica y, en muchos casos, siendo incluido en una lista de morosos.

El figurar en una de estas listas supone también otro tipo de sanción, pues estas listas son consultadas por bancos y por empresas a la hora de conceder un préstamo u ofrecer algún tipo de servicio al cliente. Es por ello que quienes figuran como morosos por haber producido un impago tienen más dificultades a la hora de poder acceder a préstamos, créditos o a la contratación de algún servicio. Eso sí, una vez resuelto el impago, el que fuera moroso tiene derecho a ser borrado de dicha lista. Cuando un impago es de gran calado y se demuestra una incapacidad manifiesta del deudor para cumplir sus obligaciones financieras, el impago da lugar al concurso de acreedores. En este procedimiento es un juez quien dictamina las condiciones en las cuales el deudor debe saldar la deuda con el acreedor y deshacer el impago restableciendo unas nuevas condiciones de plazos, intereses y dinero a devolver.

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